El liberalismo doctrinario en España

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Durante el reinado de Isabel II se produjo la división del liberalismo en dos grandes tendencias, moderada y progresista, aunque su origen se puede rastrear ya en el Trienio Liberal. En este artículo intentaremos acercarnos a las ideas y planteamientos de la primera que, sin grandes variaciones, terminaría siendo la que informaría al conservadurismo de la época de la Restauración.

El liberalismo moderado o doctrinario pretendía conciliar los intereses de la alta burguesía con los de la nobleza y alto clero, que terminaron por conformar la oligarquía española dominante durante el resto del siglo XIX menos en la época del Sexenio Democrático. En este sentido, las libertades se supeditaban al mantenimiento del orden público, la seguridad de las personas y, sobre todo, de la propiedad. Por eso siempre tendieron a limitar el reconocimiento y la garantía de los derechos individuales, especialmente la libertad de imprenta o de expresión. En esta misma línea estaría la creación de la Guardia Civil en 1844, cuerpo de seguridad con misiones civiles, pero con estructura militar, para mantener el orden, especialmente en el medio rural.

El liberalismo moderado era partidario del más puro centralismo en la organización del Estado con instituciones fuertes y que defendieran el principio de autoridad frente a cualquier intento revolucionario o de conflicto social.  El papel del gobernador civil sería primordial, al ser el representante del poder central, acumulando amplias atribuciones o competencias en asuntos políticos, administrativos, electorales, judiciales y fiscales, y haciendo cumplir las órdenes que establecía el gobierno a través del Ministerio de la Gobernación. El poder municipal, por su parte, debía estar controlado. En este sentido es paradigmática la Ley de Administración Local de 1845. Los alcaldes de las capitales de provincia y principales municipios serían nombrados por el gobierno, y el resto por el gobernador civil correspondiente. En relación con el País Vasco y Navarra se mantuvieron sus fueros, pero sus instituciones vieron recortadas algunas de sus funciones. La uniformidad legal y judicial se consolidó con la promulgación del Código Penal de 1848, así como con la imposición del sistema métrico decimal frente a la diversidad de pesos y medidas del Antiguo Régimen.

Frente al principio liberal de la soberanía nacional, el liberalismo doctrinario aportaba el de la soberanía compartida entre las Cortes, representantes de la nación, y la Corona, que era la encarnación de la Historia. Este hecho permitía un gran poder a la segunda. La Constitución de 1845 otorgaba a la Corona la iniciativa legal, el nombramiento y separación de ministros, y el poder para disolver las Cortes. El bicameralismo establecía una cámara alta, el Senado, cuyos miembros eran nombrados por el rey. Este hecho permitía a la Corona poder frenar el posible mayor radicalismo del Congreso de los Diputados sin tener que intervenir directamente.

El liberalismo moderado era partidario del más restrictivo sufragio censitario. Solamente una minoría tendría derechos políticos, ya fuera para votar, ya para ser elegido. La ley electoral de la Década Moderada establecía que solamente podían votar para las elecciones al Congreso de los Diputados unos 100.000 españoles. Para ser elegible se exigían, por lo demás, condiciones económicas muy estrictas.

En materia religiosa siempre defendió el entendimiento con la Iglesia Católica y la Santa Sede, después del evidente deterioro de las relaciones que supuso la desamortización eclesiástica y las políticas de los progresistas. El Concordato de 1851 selló la reconciliación entre el Estado español y la Iglesia Católica. Este Concordato no devolvió los bienes ya desamortizados, pero suspendió las ventas que no se habían realizado y permitió la devolución de lo no vendido. España reconocería al catolicismo como la única religión legal, y se establecía la obligación de financiar y sostener a la Iglesia española. Por fin, ésta conseguía un inmenso poder en materia educativa.

Los moderados diseñaron la reforma fiscal liberal que supuso la racionalización de hacienda, centralizando los impuestos en manos del Estado y estableciendo claramente una imposición directa sobre la propiedad, aunque predominó la tributación indirecta, los famosos consumos, que gravaban los productos de primera necesidad, siendo profundamente injustos y fuente de constantes conflictos sociales.

Eduardo Montagut

Doctor en Historia

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