Foto del Tribunal Supremo
La palabra en la inmobiliaria
Por Pilar Úcar
¡¡Qué importante resulta conocer el lenguaje jurídico!!, tan vilipendiado siempre por sus triquiñuelas y su trampantojo.
Y más conveniente, sin duda, calarse lentes de aumento para leer sin sobresalto ni sorpresas de última hora, esas cláusulas redactadas en letra párvula que casi no alcanza ver lupa de alto “voltaje”.
Los documentos implicados a lo largo del proceso de la compra-venta de un bien inmueble (curiosa expresión no sé si del todo certera o paradójica), uno de esos “bienes” que no se mueven o cambian de posición, vamos, que no se pueden transportar de un lugar a otro dice la RAE (no tengo tan clara la definición en el caso de las mobile home) un piso, por ejemplo, tienen su enjundia: informes descriptivos, resumen, actas, recibos…
Leer y rectificar, detectar posibles erratas, confirmar y ratificar, asentir o no, contrato de arras, cédula de habitabilidad, transferencia, impuestos a diferentes negociados, pagos al día, vencimiento y compromiso; una y otra vez estas palabras resuenan en el espacio de encuentro y en la cabeza de los intervinientes como si de un partido de pelota vasca se tratara; golpe y frontón, tanto y puntuación.
Y seguimos: aval bancario, escrituras o título de propiedad, depósito, planos y certificado de eficiencia energética, home staging, ITP, IVA, comisión, suma y sigue. Tecnicismos, anglicismos, siglas…todo un compendio de la lección más intrépida sobre lenguaje de especialidad o lenguaje con fines específicos que impartimos en nuestras aulas.
Hay de todo y pasa de casi todo, lingüísticamente hablando, en esas circunstancias: desde el aprendizaje léxico hasta su puesta en práctica, afanarse en el manejo de terminología almacenada pero sin rentabilidad hasta el momento preciso de hacer uso de la misma.
Todo un bagaje intelectual que permanece activo, o más o menos latente, hasta la próxima ocasión.
DEPARTAMENTO DE FILOLOGÍA Y LENGUA ESPAÑOLA
Directora Pilar Úcar Ventura