APUNTES SOBRE EL ATENEO DE MADRID

Escalera

En la foto la candidatura de Arco Renacimiento 2019

El pasado 31 de mayo, encabezando la candidatura de Arco Renacimiento, 108 socios del Ateneo confiaron en mi para ser Presidente, pero no fui elegido porque el candidato de la Red Ateneísta consiguió 9 votos más, es decir, 117 votos.

Ese mismo día se renovó la mitad de la Junta de Gobierno de tal forma que en la misma encontramos 5 representantes de la Unidad Ateneísta elegidos hace un año; y cuatro de la Red Ateneísta, uno de Convergencia y uno de Arco Renacimiento, elegidos este año. En consecuencia, si bien la Unidad Ateneísta no se ha presentado en estas elecciones, sigue teniendo mayoría en la Junta de Gobierno. Esta circunstancia abre interrogantes de calado como, por ejemplo, si el nuevo Presidente Juan Armindo Hernández Montero va a tener el apoyo de la Unidad para sus proyectos estrella, pues si no fuera así se convertiría en una figura meramente decorativa. Veremos.

Por otra parte, llama la atención que llevando sólo unos días en el cargo el nuevo Presidente, y sin el respaldo de la Junta General, se haya estrenado con un Acuerdo Transaccional con la arrendataria de la cafetería para intentar poner fin al importante pleito existente.

Por su trascendencia, considero que el nuevo Presidente antes de firmar ese Acuerdo Transaccional con la arrendataria de la cafetería, aunque haya tenido el apoyo de la mayoría de la Junta de Gobierno, debería haberse dirigido a todos los socios por escrito analizando la situación jurídica y con una explicación suficiente sobre los concretos motivos por los que considera que concurren las circunstancias idóneas para dar este importante paso. Al no haberlo hecho, desconocemos los socios por qué se debe considerar que el controvertido acuerdo es mejor que dejar que se resuelva el pleito por sentencia.

Un segundo frente abierto en las últimas semanas es el de las Agrupaciones Ateneísticas, las cuales están siendo objeto de “especial análisis” por algunos “sectores” a pesar de que están reguladas y reconocidas como órganos relevantes del Ateneo por el Reglamento y que las mismas están ofreciendo con regularidad conferencias de alto nivel y de especial interés para los socios y el público.

¿Debemos deducir que dichos “sectores” quieren suprimirlas o someterlas a unas estrictas reglas de censura?. Curiosamente esos mismos “sectores” suelen alabar a las Tertulias a pesar de ser una figura no reconocida ni regulada por el Reglamento. Me consta que las Tertulias del Ateneo son excelentes, como por ejemplo la que dirige la actual Vicepresidenta Segunda y compañera de candidatura del Presidente, pero también considero excelentes a las Agrupaciones, Secciones y Cátedras, las cuales no sólo son compatibles entre sí, sino que juntas contribuyen a un mejor funcionamiento del Ateneo.

Recordemos que los que fundaron bajo los principios de la Ilustración el Ateneo en 1820, ya avisaron sobre los riesgos a que están sometidas todas las instituciones humanas, pues es frecuente que desde el poder se quiera desalentar el pensamiento, el debate y la creación.

Proteger el trabajo de las Secciones, Agrupaciones, Tertulias y Cátedras frente a cualquier intento de censura o limitación, es el único camino para garantizar los principios fundacionales del Ateneo, esto es, que la libertad de manifestar el pensamiento es indispensable para descubrir y difundir la verdad, que sin libertad de expresión y de reunión no hay democracia, y que la mayor amenaza para la libertad es una sociedad inerte, sin debate público.

José Antonio García Regueiro,

Fue Vicepresidente del Ateneo de Madrid de junio 2017 a junio 2019

Letrado del Tribunal de Cuentas y Jurídico Militar por oposición (ingresó en 1994 y 1990, respectivamente). Ha sido Letrado del Tribunal Constitucional, Secretario General de la Delegación del Gobierno en Madrid y Asesor Responsable del Defensor del Pueblo.

La Ley Sálica y su repercusión en la crisis del Antiguo Régimen español

Eduardo Montagut

Cuando se estudia la cuestión de la sucesión femenina de la Corona de España se alude a la Ley Sálica. En este artículo intentaremos explicar algunas cuestiones sobre esta ley y su repercusión en el inicio de la Historia contemporánea española.

Entre las leyes sálicas, recopilación de disposiciones consuetudinarias de los francos salios de la Alta Edad Media, existía una que excluía a las hijas de la herencia de las tierras de una familia. Posteriormente, esta ley fue actualizada en la Francia moderna para excluir a las mujeres de la sucesión al trono y pasó a conocerse como Ley Sálica. Esta disposición fue adoptada por otras Monarquías.

La Ley Sálica aparece en España con la llegada de los Borbones en el siglo XVIII. En 1713, Felipe V dio un Auto Acordado en este sentido, derogando las disposiciones y reglas sucesorias tradicionales castellanas que se habían establecido en las Partidas. Este Auto anteponía el derecho de todos los varones del linaje real a heredar el trono al derecho de las mujeres de dicha dinastía. En 1789, recién entronizado Carlos IV, se aprobó la Pragmática Sanción, aunque no fue publicada hasta el año 1830 por su hijo Fernando VII y que anulaba la Ley Sálica. Fernando VII pretendía que su hija mayor, la futura Isabel II, reinara y no el hermano del monarca, Carlos María Isidro. Pero entre 1830 y 1833 se dio una intensa lucha cortesana entre los absolutistas, futuros carlistas, que no querían que el trono lo heredara una niña ni que estuviera en manos de su madre, la reina María Cristina, prefiriendo a Carlos María Isidro, firme defensor del absolutismo regio. Enfrente estaban los cortesanos y políticos más reformistas, que ante la personalidad del infante, se decantaron hacia la solución de la hija con una regencia de la madre. Ante su debilidad buscaron el apoyo de los liberales moderados, los cuales vieron una oportunidad de poder acceder al poder y, de ese modo, comenzar las reformas que pretendían aplicar en todos los ámbitos.

En 1832, el rey enfermó y los absolutistas consiguieron en La Granja maniobrar en torno al lecho del moribundo para que derogase la Pragmática Sanción, restableciendo la Ley Sálica, impidiendo, por lo tanto, que Isabel reinase. Pero el monarca se restableció y anuló el decreto, cambió el gobierno por otro más moderado y dejó definitivamente como heredera a su hija.

El nuevo gobierno de Cea Bermúdez optó por una tímida apertura hacia los liberales, buscando apoyos, decretando una amnistía y destituyó a todos los elementos carlistas de los resortes del poder. Carlos María Isidro decidió marchar al exilio portugués.

Fernando VII murió el 29 de septiembre de 1833. Isabel, con tres años de edad, heredaba la Corona y su madre pasó a ser la Reina Gobernadora. Para afianzarse en el poder frente a los carlistas, que no reconocían la sucesión, se apoyó en los liberales moderados para gobernar, a pesar de su escaso entusiasmo por el liberalismo. Por su parte, Carlos María Isidro publicó el Manifiesto de Abrantes donde se autoproclamaba rey con el nombre de Carlos V. La guerra carlista comenzaba, aunque debe tenerse muy en cuenta que la cuestión sucesoria, siendo importante, no es la única que explica esta primera guerra civil de la Historia contemporánea de España.

Eduardo Montagut Contreras

SOBRE DERECHO Y JUSTICIA EN EL ATENEO

El pasado 8 de julio de 2019, el Letrado del Tribunal de Cuentas y ex Letrado del Tribunal Constitucional José Antonio García Regueiro, presenta al Secretario General del PSOE de Madrid, José Manuel Franco, en el acto sobre Justicia y Derecho organizado por la Agrupación Ateneística Agustín Argüelles, de la cual el primero es Presidente.